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Grupog & Asociados - COTI |
GRUPO G & ASOCIADOS
Estimados Clientes, ante la resolución N° 2439 de la AFIP a partir del 1/03/2008 ha determinado que toda propiedad cuyo valor de venta supere los $ 300.000.-, el propietario deberá gestionar ante mencionado organismo el COTI.
A CONTINUACION EL EXPLICATIVO
Links de utilidad para la Gestión y obtención del COTI
Página Principal del ITI: Impuesto a la Transferencia de Inmuebles donde se encuentra la información sobre el COTI:
http://www.afip.gov.ar/iti/
Principales obligaciones para cada uno de los sujetos involucrados en la venta de un inmueble
(Propietarios, Inmobiliarias y Escribanos): http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/RG2371NovedadITI.asp
[ Titulares de inmuebles ]
A partir del 01/03/2008 el titular o condómino de un inmueble (o el representante legal de sujetos “residentes en el exterior”) deberá obtener el "Código de oferta de transferencia de inmuebles" (COTI), con carácter previo a la ocurrencia de alguno de los siguientes actos, el primero que suceda: negociación, oferta o transferencia de un bien inmueble o de derechos sobre bienes inmuebles a construir, cualquiera sea su forma de instrumentación, siempre que el precio consignado en cualquiera de los actos aludidos, la base imponible fijada a los efectos del pago de los impuestos inmobiliarios, tributos similares y el valor fiscal, resulten iguales o superiores a $ 300.000. ]
Si usted es propietario y tiene pensado vender una propiedad que supere el valor de $300.000.- deberá obtener en la AFIP el llamado COTI o código de transferencia de inmuebles. Para realizar el trámite es necesario contar con clave fiscal y el trámite se realiza en la AFIP. Una vez que tiene la clave fiscal podrá ingresar al sistema online de la AFIP ingresando el CUIL y la clave fiscal. Los datos que se le solicitarán se encuentran en la escritura del inmueble en cuestión.
Para obtener el COTI, necesita la clave fiscal. El COTI puede obtenerse vía internet (una vez que obtenga la clave fiscal) o llamando por teléfono al 0800-999-2347. También puede obtenerse mediante el envío de un mensaje de texto: SMS: Tramitación del COTI a través de MENSAJES DE TEXTO
Cómo obtener la clave fiscal si aun no la tiene: http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/ ( para poder hacer trámites online deberá solicitar la clave en forma personal).
Guía del usuario para la obtención de la clave fiscal: http://www.afip.gov.ar/claveFiscal/infounificada.asp
El Colegio de Escribanos de la Ciudad de buenos Aires tiene un documento en PDF que explica los datos que se le requerirán al titular del inmueble para obtener el COTI. Abrir Documento PDF con la información
Diagrama explicativo del procedimiento para Propietarios:
http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/documentos/esquemaTransferenciaInmuebles.pdf
Guías de Trámites de Constancias y Certificados de Impuesto a la trasferencia de Inmuebles.
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiaDeTramites/categoria_list_detail.aspx?id_padre=651
Documento explicativo de este régimen informativo
http://www.afip.gov.ar/genericos/novedades/documentos/RG2371Novedad.pdf
Preguntas Frecuentes
http://www.afip.gov.ar/genericos/guiavirtual/directorio_subcategoria.aspx?id_nivel1=563&id_nivel2=853
Resolución General AFIP Nº 2141/2006
http://biblioteca.afip.gov.ar/gateway.dll/Normas/ResolucionesGenerales/reag01002141_2006_10_06.xml
Ante cualquier duda consulte con su abogado, contador o contacte a la AFIP:
AFIP datos de contacto:
Tel: 0800-999-2347 / 0810-999-2347 (AFIP) o *2347 desde su celular.
De lunes a viernes, de 08:00 a 20:00 horas
Email: guiavirtual@afib.gov.ar
Notas y Artículos relacionados con el tema
La Nación - 26 de Febrero 2008
Habrá que registrar en la AFIP las operaciones inmobiliarias de $300.000
Actualidad Impositiva - 21 de Diciembre 2007
Este artículo explica, entre otras cosas, el procedimiento para obtener el COTI, o código de oferta de transferencia de inmuebles.
Infobaeprofesional.com - Diciembre 2006
Dificultades en la tramitación del certificado para no pagar el ITI
Infobaeprofesional.com - 14 de Noviembre de 2006
AFIP: facilidades en el impuesto a las transferencias inmobiliarias
INGRESAR A LA PÁGINA DE AFIP PARA GESTIONAR COTI DESDE AQUI www.afip.gov.ar
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